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Derechos Humanos Buenos Aires

La Constitución Nacional, a partir de la reforma de 1994 establece en su artículo 75 inciso 17 que le corresponde al Congreso “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”.
Por su parte, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, también reformada en 1994, determina en su artículo 36 inciso 9 que “La Provincia de Buenos Aires reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio, garantizando el respeto a sus identidades étnicas, el desarrollo de sus culturas, y la posesión familiar y comunitaria de las tierras que legítimamente ocupan”.
El 30 de Noviembre de 2007 se creó el Consejo Provincial de Asuntos Indígenas a través del Decreto 3631/07. (Ver Decreto)
El mismo garantiza los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas, especialmente sus derechos a sus tierras, bienes, recursos vitales, territorios  y recursos, a su cultura, identidad y lengua, al empleo, la salud, la educación y a determinar libremente su condición política y su desarrollo económico.
Además, el Consejo enfatiza en el derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus propias instituciones, culturas y tradiciones, y a perseguir libremente su desarrollo de acuerdo con sus propias necesidades y aspiraciones.
Este Consejo resultó ser un avance fundamental hacia el verdadero reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Originarios en este territorio, no solo a partir de la creación de dicho organismo, sino también  la participación en la discusión y redacción del Decreto 3631/07.
La Provincia de Buenos Aires es quien posee mayor población indígena, en términos absolutos, y mayor diversidad de Pueblos Indígenas.
En la actualidad existen comunidades pertenecientes a los Pueblos: Mapuche, Kolla, Aymara, Quechua, Qom, Mocoví, Guarani, Diaguita y numerosas organizaciones que incluyen otros Pueblos.[]
El Consejo Provincial de Asuntos Indígenas (CPAI) de la Provincia de Buenos Aires constituye un organismo gubernamental, con decisión semiplena de los representantes de los Pueblos Indígenas elegidos en asambleas comunitarias.


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